Rehabilitación térmica de un edificio

Cualquier edificio, viviendas unifamiliares aisladas o adosadas, oficinas, hospitales, centros docentes, sanitarios, sociales o residenciales, etc… pueden rehabilitarse térmicamente, aunque hay que estudiar cada caso específico para evaluar las posibilidades de rehabilitación que ofrece y su coste.

El aislamiento térmico en edificios y fachadas permite a FACHADAS CONSTRUC lograr que los elementos en contacto con el exterior aumenten su resistencia al paso del calor. Lo conseguimos incorporando materiales aislantes en: muros, paredes, cubiertas, suelos, tabiques, huecos...

Para cualquier edificio de más de 20 años o insuficientemente aislado, se estima aconsejable una rehabilitación térmica con la que podría alcanzarse, fácilmente, un ahorro del 50% de la energía consumida en calefacción y/o refrigeración.

En la rehabilitación de un edificio, hay que tener en cuenta que la mayor parte de los costes se deben a la mano de obra, montaje de andamios, etc. Si estos costes se van a afrontar, debe valorarse una mejora en aislamiento, aunque éste no haya sido el motivo principal en la rehabilitación.

  • En la reparación de goteras y humedades analizamos si vale la pena también realizar el aislamiento térmico de la cubierta.
  • En la rehabilitación de fachadas consideramos si conviene acometer su rehabilitación térmica con el aislamiento.
  • En el caso de sustituir ventanas tenemos en cuenta que sean de calidad con unidades de vidrio aislante (doble acristalamiento - el aire seco y estanco trabaja como aislante) con vidrio bajo emisivo y marcos con “rotura de puente térmico” que son muy eficientes energéticamente.
  • Si la obra incluye fontanería con cambio de tuberías de agua caliente, aprovechamos para aislarlas correctamente.
  • Si cambiamos pavimento o revestimientos interiores (techos, paredes, suelos) valoramos la posibilidad del aislamiento térmico planteando un enfoque energético además del funcional y decorativo.
  • Las ventajas son notables en el aislamiento térmico de las fachadas, los patios de luces, galerías interiores o de ventilación y los cerramientos que separan los edificios, viviendas o zonas comunes.

Rehabilitación + Aislamiento térmico

El coste de la rehabilitación térmica se amortiza en 5-7 años a través del ahorro económico que se aprecia al reducir las facturas energéticas. Al incorporar aislamiento térmico en el edificio se reducen las pérdidas de calor o frío (invierno/verano) porque la energía necesaria para calentar o enfriar es menor.

El aislamiento térmico contribuye al bienestar de los residentes pues mejoran su confort manteneniendo la temperatura interior.

Una casa bien aislada térmicamente reduce el consumo de energía y la emisión de gases. Disminuye las emisiones de gases con efecto invernadero (principalmente CO2): las calderas de gas, derivados de petróleo o carbón emiten gases en su combustión (CO2 y otros). También la producción de energía eléctrica lleva asociada emisiones de CO2.

El bienestar también se nota al eliminar las condensaciones o humedades interiores que suelen conllevar la aparición de moho.

Además mejora el aislamiento acústico al reducir el ruido exterior.

En materia de energía puede consultar más información en el Institut Catalá d’Energía (ICAEN)


Certificación energética de edificios


El Certificado Energético de los Edificios

¿Qué normativa regula el procedimiento de certificación de la eficiencia energética de los edificios?

Lo regula el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (BOE nº 89 de 13 de abril de 2013).

El Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios, tanto de nueva construcción, como existentes consta en dicho Real Decreto 235/2013 y entró en vigor al día siguiente de su publicación.

Según este Real Decreto, la presentación ó puesta a disposición de los compradores ó arrendatarios del certificado de eficiencia energética de la totalidad ó parte de un edificio, según corresponda, será exigible para los contratos de compra-venta ó arrendamiento celebrados a partir de dicha fecha (1 de junio de 2013).

En este certificado, y mediante una etiqueta de eficiencia energética, se asigna a cada edificio una Clase Energética de eficiencia, que variará desde la clase A, para los energéticamente más eficientes, a la clase G, para los menos eficientes.

Corrección de errores del Real Decreto 235/2013Consultar.

Nota: Según el Artículo 25 del DECRETO 67/2015, de 5 de mayo, para el fomento del deber de conservación, mantenimiento y rehabilitación de los edificios de viviendas mediante las inspecciones técnicas y el libro del edificio, el archivo de documentos del libro del edificio de viviendas existentes ha de contener el certificado de eficiencia energética del edificio, cuando se disponga de éste.

El Código Técnico de la Edificación (CTE) incluye la norma para exigir en los edificios nuevos o en aquellos con reformas importantes unos parámetros mínimos en seguridad, mantenimiento, salubridad, calidad y ahorro de energía actuando en el diseño de los propios edificios y sus instalaciones. Pretende conseguir un uso racional de la energía para que en el edificio exista un consumo sostenible y que minimice el impacto en el medio ambiente. Desde el punto de vista de la Eficiencia Energética sienta las bases de como se comportará un edificio energéticamente.


Ver Guía SATE Sistemas de Aislamiento Térmico Exterior para la Rehabilitación de la Envolvente Térmica de los Edificios.

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